Legislación y Noticias Argentina, 27 de julio de 2024
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Nueva Res. UIF sobre PEPs

Gala Aspeleiter Sitzerman | En la presente columna de opinión, la autora detalla los cambios que introdujo la reciente Resolución 35/2023 emitida por la UIF y analiza el impacto de la misma. | 08/03/2023


Con fecha 2 de marzo, se publicó en el Boletín Oficial la Res UIF 35/2023 emitida por la UIF, cuya entrada en vigencia operará el próximo 1 de abril. La misma resulta aplicable a todo el universo de sujetos obligados de la República Argentina cuyos clientes y Beneficiarios Finales revistan la condición de Personas Expuestas Políticamente, en adelante PEP.

Esta Resolución, se suma a la ola de sustanciales modificaciones regulatorias que se esperan para este año, como por ejemplo la reciente Res UIF 14/2023 aplicable al sector bancario y cambiario, que deroga la querida y tan comentada Res UIF 30/2017.

Todas estas actualizaciones normativas en el marco de los resultados de la Primera Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Activos, la Evaluación Nacional de Riesgos de Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva de Argentina y de las exigencias internacionales en la materia.

 

¿Qué cambios introdujo?

Las principales modificaciones que presenta, se manifiestan mediante la reagrupación de artículos, cambios semánticos, incorporación de cargos en los supuestos mencionados en los artículos 1 y 2, además de la versatilidad que le aportaron algunos cambios de redacción, que podemos denominarlos como cambios de forma.

Dentro de los cambios de fondo, se destacan los siguientes: Los sujetos obligados deberán tener en cuenta lo dispuesto en la mencionada Resolución a los fines de tratar a sus Clientes o Beneficiarios Finales que revistan el carácter de PEP.

Al mismo tiempo, la norma acota el alcance del "vínculo de afinidad", reemplazando la definición por "parentesco o cercanía", este que parece un cambio semántico, permite atenuar (o no) el criterio de las Entidades a la hora de calificar algún cliente como PEP, bajo esta circunstancia.

A su vez, cambia el criterio a tener en cuenta para la temporalidad de la condición de PEP, indicando que dicha calidad cesa a los 2 años de haber dejado el cargo y/o parentesco, cercanía, que una vez transcurrido el tiempo, cada Sujeto Obligado mediante su sistema de análisis y gestión de riesgos, determinará que tratamiento le corresponderá conforme el Enfoque Basado en Riesgos aplicado; debiendo cumplir además, con la actualización de la declaración jurada realizada al momento primero de la vinculación comercial.

Otra de las modificaciones a tener en cuenta, radica en las acciones de debida diligencia reforzada que la norma le impone a los Sujetos Obligados en caso de estar frente a una PEP extranjera, en cumplimiento con la Recomendación 12 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Asimismo, los Sujetos Obligados deberán informar la condición de PEP de los Beneficiarios Finales, por lo que definitivamente la norma pone el foco en la Debida Diligencia que deben aplicar.

 

Consideraciones Finales

Esta Resolución simplifica, mediante sus definiciones, el alcance de quien revista la calidad de PEP nacional y extranjero.

Delega en el uso responsable de la tecnología disponible la validación y búsqueda de información disponible, como así también pone especial relevancia en los mecanismos que cada Sujeto Obligado implemente en el Enfoque Basado en Riesgos que despliega y en su sistema de gestión de riesgos, y deja especialmente pautados, aquellos supuestos en los que la tarea está expresamente descripta en las Recomendaciones del GAFI.

Es una oportunidad más, para ajustar y revisar los procedimientos internos de los Sistemas de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo implementados por los Sujetos Obligados, además de estar en el ejercicio continuo de adecuación a nuevas disposiciones normativas, teniendo en cuenta que este año se esperan mas novedades en lo que a los sectores regulados respecta
 

Gala Aspeleiter Sitzerman
Abogada – AML & Compliance Consultor en FIDESnet