Prevén presión política con bloqueo de cuentas
08/04/2026 | Especialistas consideran que no existen parámetros claros sobre qué se considera un indicio para hacer este tipo de intervención sin una orden judicial. | Oem.com.mx, MÉXICO
Las nuevas facultades para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloquee cuentas bancarias sin orden judicial representan un riesgo de presión política y afectaciones para ciudadanos y empresas, especialmente ante la falta de parámetros claros para considerar un indicio, advirtieron abogados en derecho fiscal y prevención de lavado de dinero consultados por El Sol de México.
El lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la ley que permite a la UIF incluir a personas en la llamada Lista de Personas Bloqueadas cuando existan indicios de vínculos con delitos como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Juvenal Lobato Díaz, profesor en la Facultad de Derecho de la UNAM, consideró que la resolución de la Corte es preocupante por la discrecionalidad que implica, ya que si bien es necesario el combate al lavado de dinero, el problema radica en el uso que se le pueda dar a esta facultad.
"El problema es que se da una facultad muy amplia que puede aplicar a cualquiera y su ejercicio se basa en la discrecionalidad de la autoridad administrativa. El riesgo está en que se utilice como una forma de presión política o de control hacia adversarios", señaló el especialista en derecho fiscal.
Sobre el tema, Angélica Ruiz López, presidenta de la Comisión de Prevención de Lavado de Dinero y Combate al Financiamiento al Terrorismo del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), subrayó que el principal desafío es lograr un equilibrio entre la eficacia en la persecución de delitos financieros y la seguridad jurídica de los ciudadanos.
"Lo complicado es el equilibrio entre la seguridad jurídica y la eficacia en la prevención del lavado de dinero. Esta facultad permite mayor rapidez en la actuación de la UIF, pero si no se ejerce con rigor técnico y con suficientes indicios, puede afectar el patrimonio de personas y empresas", explicó.
El tribunal determinó que el bloqueo de cuentas bancarias no constituye una sanción penal, sino una medida administrativa de carácter preventivo, cuyo objetivo es evitar que recursos de posible origen ilícito sigan circulando en el sistema financiero mientras se realiza la investigación.
Con ello, se abandona el criterio anterior que consideraba que el bloqueo era una sanción penal que requería orden judicial, así como la jurisprudencia que limitaba estos bloqueos a solicitudes de autoridades internacionales.
Ahora, la UIF puede actuar, siempre que existan indicios suficientes, la resolución esté fundada y motivada, y se garantice el derecho de audiencia.
Es una medida cautelar
Lobato Díaz explicó que la SCJN consideró que el bloqueo de cuentas es una medida cautelar y no una sanción, lo que permite que se aplique sin orden judicial y que el ciudadano se defienda después de que la medida ya fue ejecutada.
El problema, agregó, es que no existen parámetros objetivos claros sobre qué se considera un indicio suficiente para bloquear una cuenta.
"No hay un parámetro objetivo de en qué casos sí puedes bloquear una cuenta y en cuáles no. Esa indefinición es la que genera discrecionalidad", advirtió.
De acuerdo con los especialistas, el riesgo no se limita a personas directamente vinculadas con delitos financieros, pues las empresas, proveedores, clientes o incluso ciudadanos que tengan operaciones con personas investigadas podrían verse involucrados indirectamente.
Ruiz López explicó que el congelamiento de cuentas puede generar afectaciones graves al patrimonio, incluso si posteriormente se demuestra que no hubo delito.
"Una empresa podría tener bloqueadas sus cuentas por meses o años. Aunque después se liberen, el daño a su operación y a su patrimonio ya está hecho", destacó.
Por ello, recomendó fortalecer los controles internos, revisar clientes y proveedores y aplicar medidas de prevención para evitar ser vinculados con operaciones sospechosas.
Información de la UIF, a cargo de Omar Reyes Colmenares, refiere que la Lista de Personas Bloqueadas es una medida preventiva que busca detectar y prevenir operaciones relacionadas con delitos financieros.
Entre enero y febrero de 2026, el organismo emitió 51 acuerdos de incorporación a esta lista y recibió un millón 320 mil 460 avisos de actividades vulnerables, principalmente en servicios de comercio exterior, operaciones con activos virtuales y uso de tarjetas de crédito o monederos electrónicos.
¿Qué puede hacer una persona si le bloquean la cuenta?
Lobato Díaz explicó que existen dos vías para defenderse si la UIF bloquea una cuenta. La primera es acudir al juicio de amparo ante jueces de distrito, donde la persona puede demostrar el origen lícito de sus recursos; sin embargo, tras la reforma a la Ley de Amparo, ya no se concede la suspensión provisional automática del bloqueo.
La segunda opción es acudir directamente ante la UIF y presentar pruebas de la legalidad de los recursos para solicitar el desbloqueo. No obstante, reconoció que el proceso puede ser complejo, ya que la persona debe esperar la notificación del banco, conocer los motivos y reunir la documentación necesaria.
Desde la perspectiva de Ruiz López, la decisión también responde a compromisos internacionales. Explicó que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) recomienda que los países cuenten con medidas cautelares para bloquear cuentas y evitar que el dinero ilícito continúe circulando.
En ese sentido, consideró que dicha medida puede ayudar a mejorar la percepción internacional de México en materia de prevención de lavado de dinero.
Por otro lado, los especialistas coincidieron en que la medida también obligará a bancos e instituciones financieras a reforzar sus controles sobre las operaciones de sus clientes.
Esto incluye la aplicación de esquemas de conocimiento del cliente, monitoreo de operaciones y reportes de actividades vulnerables, que sirven como base para que la UIF detecte posibles riesgos.
FUENTE: Oem.com.mx, MÉXICO
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