Legislación y Noticias Argentina, 22 de junio de 2025
Si está registrado puede iniciar sesión o solicite suscripción para acceder a todos los
contenidos del Portal.

Actualización a la regulación en materia de Prevención Lavado de Dinero: Acuerdo de Simplificación y Mejora Regulatoria de Trámites ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

13/06/2025 | El 9 de junio de 2025 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación y mejora regulatoria de trámites que se realizan ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público" relacionados con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), entrando en vigor a los treinta días hábiles posteriores a su publicación. | Ey.com, MÉXICO


Este acuerdo representa un esfuerzo por parte de la autoridad para agilizar y simplificar los procedimientos relacionados con la LFPIORPI, buscando reducir los tiempos de respuesta y estandarizando la presentación de solicitudes mediante formatos únicos en ciertos trámites.

Entre los principales cambios se consolidan diversos trámites relacionados con la presentación de avisos e informes por parte de quienes realizan "Actividades Vulnerables" destacando la unificación de los siguientes trámites:

a. Informe sin operaciones, avisos por realización de actividades vulnerables y aviso 24 horas (cuando existan indicios de que los recursos utilizados pueden estar relacionados con el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita).
b. Alta, registro y actualización como "Actividad Vulnerable".

Es importante señalar que esta consolidación no implica cambios en los plazos y medios de presentación ya previstos en la regulación aplicable, destacando que el único requisito para su presentación y envío es contar con la E.firma para acceder al Portal Antilavado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Se prevé, además, la reducción de los plazos de respuesta para ciertas solicitudes, cuya regla general era de tres meses, destacando los siguientes:

a. Solicitud de autorización de uso de medios alternativos de cumplimiento: se reduce a 20 días naturales.
b. Solicitud de prórroga en la entrega de información: se reduce a 10 días naturales.
c. Solicitud de autorización para presentar Avisos por Conducto de una Entidad Colegiada: se reduce a 80 días naturales.
d. Solicitud de Interpretación de la LFPIORPI y sus normas secundarias, incluyendo confirmaciones de criterio: se reduce a 80 días naturales.

A la par, se elimina como requisito la presentación del "escrito libre de solicitud" para los siguientes trámites, para quedar en formatos únicos, obligatorios a partir de la entrada en vigor del acuerdo:

• Solicitud de autorización de uso de medios alternativos de cumplimiento por parte de quienes realizan Actividades Vulnerables.
• Solicitud de prórroga en la entrega de información, datos e imágenes a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
• Solicitud de autorización para presentar Avisos por Conducto de una Entidad Colegiada y Solicitud de Interpretación de la LFPIORPI y sus normas secundarias.

Es de importancia mencionar que, de conformidad con lo previsto en dicho acuerdo, los trámites ingresados con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo se atenderán conforme a los términos y plazos vigentes al momento de su presentación.

FUENTE: Ey.com, MÉXICO