NACIONAL
Convocatoria para la certificación 2025 de PLD/FT
25/10/2024 | Durante el año 2025, para la obtención o renovación del Certificado en materia de PLD/FT, se realizarán dos evaluaciones con cupo de hasta 1,500 lugares en cada una, las cuales se llevarán a cabo en las siguientes fechas: 28 de junio y 25 de octubre de 2025. Ambas evaluaciones iniciarán a las 9:00 horas, con una duración de 4 horas cada una. | Redacción "Prevenciondelavado.com"
La presente convocatoria, relativa al proceso de obtención y renovación del certificado en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo (Certificado en materia de PLD/FT), fue publicada en el DOF del 25/10/2024 y se encuentra dirigida a:
Bases de participación
Los participantes deberán enviar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la información y documentación previstas en el artículo 8 de las Disposiciones para la Certificación, así como aquella señalada en el "Instructivo para solicitar la obtención o renovación del certificado en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo", que la propia Comisión dé a conocer a través de su portal.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores notificará la aceptación de la solicitud a través del correo electrónico que, de acuerdo con el Instructivo, haya sido proporcionado por el participante.
Fechas de evaluaciones
Durante 2025, para la obtención o renovación del Certificado en materia de PLD/FT, se realizarán dos evaluaciones con cupo de hasta 1,500 lugares en cada una, las cuales se llevarán a cabo en las siguientes fechas: 28 de junio y 25 de octubre de 2025. Ambas evaluaciones iniciarán a las 9:00 horas, con una duración de 4 horas cada una. Los participantes deberán presentarse a las 7:00 horas, en el lugar y la fecha que les corresponda para que se realice el cotejo de la documentación.
Las dos evaluaciones se aplicarán en las sedes que determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en las siguientes entidades federativas: Ciudad de México, Jalisco y Nuevo León. En la aceptación de la solicitud de obtención o renovación del Certificado en materia de PLD/FT, se señalará la sede de aplicación de la evaluación de acuerdo con la entidad federativa seleccionada por el participante en el registro de su solicitud y conforme a la disponibilidad de lugares.
Cronograma
El cronograma para los procesos de obtención y renovación del Certificado en materia de PLD/FT durante 2025, será el siguiente:
Resultados
El resultado que recaiga a la evaluación será "Aprobatorio" o "No Aprobatorio" de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de las Disposiciones para la Certificación.
Contacto
A efecto de brindar atención a las dudas que los participantes formulen con relación al proceso de obtención o renovación del Certificado en materia de PLD/FT, se encuentra disponible la dirección de correo electrónico certificacionpld@cnbv.gob.mx. Los casos no previstos en esta convocatoria serán resueltos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por conducto de la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos.
Aclaraciones
Cualquier modificación a las fechas o plazos previstos, se hará del conocimiento de los participantes inscritos a través del portal de Internet de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y en el correo electrónico registrado por el participante en la solicitud para la obtención o renovación del Certificado en materia de PLD/FT.
Los Certificados en materia de PLD/FT, que terminen su vigencia el 15 de octubre de 2025, continuarán vigentes hasta la notificación de resultados de la segunda evaluación del año 2025. Lo anterior será aplicable para aquellos participantes que presenten su solicitud de renovación en las fechas previstas en la Base CUARTA de la presente convocatoria para la realización de la segunda evaluación, siempre y cuando su solicitud haya sido aceptada.
Adicionalmente, los Certificados en materia PLD/FT que venzan en 2025, con vigencia diferente a la mencionada en el párrafo anterior, vencerán de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 18 de las Disposiciones para la Certificación, por lo que, a efecto de que las personas interesadas en renovarlo lo mantengan vigente, deberán presentar su solicitud de renovación en el proceso de certificación en el que la notificación de los resultados de la evaluación correspondiente, se realice previo a que venza.
La expedición de un nuevo Certificado en materia de PLD/FT dejará sin efectos el Certificado en materia de PLD/FT expedido con anterioridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de las Disposiciones para la Certificación.
En caso de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores resuelva no realizar, aplazar o recalendarizar alguna de las evaluaciones, los Certificados en materia de PLD/FT que venzan en 2025, continuarán vigentes hasta la notificación de los resultados de la evaluación a la que se hayan inscrito, siempre y cuando su solicitud de renovación haya sido aceptada.
Link de interés
Convocatoria publicada en el DOF del 25/10/2024
Redacción "Prevenciondelavado.com"
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