Legislación y Noticias Argentina, 26 de abril de 2024
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SECTOR FINANCIERO

Clientes bancarios podrán presentar DDJJ impositivas voluntariamente

Perfil del cliente | A través de la Comunicación "B" 11587, el BCRA definió que los clientes de las entidades financieras podrán presentar sus declaraciones juradas de impuestos nacionales en forma voluntaria, para establecer su nivel de riesgo crediticio, cumplir con la debida diligencia, o confeccionar su perfil de cliente. Apunta a que los bancos puedan aprobar operaciones de sus clientes en forma más ágil y sin la necesidad de pedirles una certificación de ingresos firmada por un contador público. | 12/09/2017


En su tarea de eliminar requisitos y trámites innecesarios, reduciendo los tiempos y los costos operativos de las operaciones bancarias, el BCRA dio a conocer la Comunicación "B" 11587, por medio de la cual estableció que los clientes de las entidades financieras podrán presentarles a éstas sus declaraciones juradas de impuestos nacionales en forma voluntaria, a los efectos de establecer su nivel de riesgo crediticio, cumplir con la debida diligencia, o confeccionar su perfil de cliente.

De esta manera, no resulta indispensable tomar en cuenta el aspecto tributario de los clientes, así como tampoco requerir de los mismos la presentación de declaraciones juradas impositivas a esos fines.

"Las entidades no deben exigir a sus clientes la presentación de los mencionados documentos fiscales, so pena de incurrir en las penalidades correspondientes a la violación de secretos", dispone la comunicación al respecto, la cual está dirigida a EF, casas, agencias y oficinas de cambio, y a los representantes de entidades financieras del exterior no autorizadas a operar en el país.

Tal como destacaron desde la autoridad monetaria, los bancos podrán aprobar muchas operaciones de sus clientes en forma más ágil y sin la necesidad de pedirles una certificación de ingresos firmada por un contador público.

Según aclararon desde el Central, el carácter voluntario de esta presentación por parte del cliente deberá manifestarse de forma expresa y ser ajena a cualquier requerimiento por parte del banco, el cual deberá adoptar los recaudos necesarios para evitar la difusión de la información.

"El hecho de que la declaración sea presentada por propia voluntad, no le quita confidencialidad a su contenido", aseguraron desde el BCRA.

 

Leonardo R. Redolfi

"Opinión y Noticias"