Legislación y Noticias Argentina, 26 de abril de 2024
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La Corte falló a favor de un banco multado en 2015 por no denunciar operaciones sospechosas

08/08/2017 | La Corte falló a favor de un banco multado en 2015 por no denunciar operaciones sospechosas. | Diario El Cronista, ARGENTINA


La Corte Suprema de Justicia confirmó la prescripción de una causa en la que el Banco Santander Río había sido multado por no denunciar una serie de supuestas "operaciones sospechosas" de compra de dólares entre 2008 y 2009 por parte de un cliente.

En 2015 la Unidad de Información Financiera (UIF) había sancionado a la entidad financiera y a los ocho miembros de su directorio con una multa global de $ 1.109.256, acusándolos de que no informaran esas operaciones.

La decisión del máximo tribunal benefició no sólo al banco sino también a su titular, José Luis Enrique Cristofani, además de a Claudio Alberto Cesario, Luis Alberto  Aragón, Luis Miguel García Morales, Carlos Alberto Gindre, Norberto Oscar Rodríguez y Guillermo Rubén Tempesta, según consignó la agencia DyN.

Los jueces de la Corte Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda coincidieron con la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y evaluaron que, al momento en que se inició el expediente contra el banco y sus directivos, ya habían transcurrido los dos años de plazo máximo para iniciar la acción.

"El  recurso extraordinario, cuya denegación originó la queja en examen, es inadmisible (art.280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la queja", señala el fallo.

El banco había sido sancionado por UIF por la supuesta omisión de ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas) de un particular, jubilado y taxista, que había comprado dólares por un total de $ 554.628 entre el 13 de noviembre de 2008 y el 1° de junio de 2009.

Según argumentó el banco en ese momento, "se trataba de operaciones de cambio con razonable justificación para un cliente que poseía un perfil operacional aceptable para realizar las operaciones".

El fallo de la Corte ordena además a la UIF a pagar $ 26.000 por su reclamo en esta instancia.

 

FUENTE: Diario El Cronista, ARGENTINA