Legislación y Noticias Argentina, 25 de abril de 2024
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SECTOR FINANCIERO

Introducen cambios en las instrucciones operativas de las normas de prevención del lavado

Comunicación "A" 6140 | El BCRA ajustó los requerimientos de información de las normas de Prevención de lavado de activos, del financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas. Lo que se hizo fue eliminar una serie de aclaraciones como consecuencia de la incorporación de nuevos datos identificatorios, actualizar las instrucciones, incorporar un nuevo tipo de vinculación y adecuar las causas de varios controles de validación. Todo esto, en función de lo definido por la Comunicación "A" 6121. | 10/01/2017


A través de la Comunicación "A" 6140, el BCRA adecuó el pasado 04/01/17 las instrucciones operativas (RUNOR) correspondientes a las normas de Prevención del lavado de activos, del financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas.

Así, se modificó la Sección 8: "Presentación de Informaciones al Banco Central" (ver: Entidades Financieras y Cambiarias - Marco Específico, Normas RUNOR) en función de lo dispuesto por la Comunicación "A" 6121, que actualizó las normas mencionadas en lo referente a las exclusiones.

Como consecuencia de esto, la norma bajo análisis -dirigida a Entidades Financieras; casas, agencias y oficinas de cambio; fiduciarios de fideicomisos financieros; y representantes de EF del exterior no autorizadas a operar en el país- realizó una serie de actualizaciones, a saber:

  •  En el punto 8.1.2.2. del Diseño 2422 (se trata de un cuadro que detalla tipo y número de Identificación Tributaria y Documentación Identificatoria):
  •  se eliminó la llamada (1) como consecuencia de la incorporación de los datos identificatorios del tipo 22 "Organismos públicos", en la base a disposición;
  •  se incorporó la palabra "humanas", para diferenciar a este tipo de personas de las jurídicas; y
  •  se adecuaron las instrucciones del tercer párrafo respecto de la integración del campo 17 cuando se informen organismos públicos.

 

  •  En el punto 8.1.2.3. Diseño 2423:
  •  se adecuaron las instrucciones respecto de la integración de los campos 10 y 11 relacionados con funcionarios públicos; y
  •  se incorporó el tipo de vinculación "11" Funcionario público.

Por otro lado, se adecuaron los siguientes controles de validación (no en cuanto a su leyenda, sino en lo que respecta a las causas): el 22 (sobre Número de Identificación mal informado),  el 23 (referente a cuando el Número de Identificación Tributraria No Corresponde a CUIT/GUIL/CDI – Campo 5 Diseño 2422),  el 24 (que aplica a los casos en los que el dígito verificador está mal informado), el 35 (para casos de Código de Actividad mal informado), el 38 (Tipo de Identificación erróneo -  Campos 8  y 10 Diseño 2423), el 39 (Número de Identificación o Documentación mal informado Campos 9  y 11 Diseño 2423) y el 47 (Inconsistencia en Campo 12 - Diseño 2423).

 

Antecedentes

Cabe recordar, en tal sentido, que la referida "A" 6121 estableció, donde antes se señalaba que estaban excluidas las "operaciones concertadas con titulares pertenecientes al sector público no financiero local y las entidades comprendidas en la Ley 21526", que están excluidas las "operaciones concertadas con las entidades comprendidas en la Ley 21526". Asimismo, se modificó el "Régimen Informativo Contable Mensual – 17– Prevención del lavado de activos, del financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas" (Sección 1 y 2) estableciendo que los datos identificatorios relativos a los funcionarios públicos –por las operaciones en su condición de tal– y al organismo público por el que actúa se deberán incluir en la base de datos, con las características detalladas en el Apartado A.

 

Leonardo R. Redolfi

"Opinión y Noticias"